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Vida
de S.M.I.
el Emperador y Rey NAPOLEÓN
I |
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Instituto
Napoleónico México-Francia -
Institut Napoléonien Mexique-France
Eduardo Garzón-Sobrado, fundador.
S.A.I. Jean-Christophe Napoléon, Prince
Impérial. |
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El
Instituto Napoleónico México-Francia
orgullosamente presenta:
CRÓNICAS
DEL CONSULADO
Segunda
Parte |
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Una
mirada a la historia verdadera
del Emperador Napoleón
I, de su obra y de su legado
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El
Código
Napoleón
-
justicia
igual
e inteligible
para todos
Uno de
los ocho
bajo-relieves
de Pierre-Charles
Simart
(1806-1857)
que representan,
en la
cripta
del Hotel
de Los
Inválidos,
la obra
de Napoléon
el Grande.
En el
pedestal
del trono
leemos
la leyenda:
«
Mi
solo código
por su
simplicidad,
ha hecho
más
bien en
Francia
que la
masa de
todas
las leyes
que me
han precedido
». |
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«
Mi
gloria no
es haber
ganado cuarenta
batallas.
Lo que nada
borrará,
lo que vivirá
eternamente,
es mi Código
Civil, serán
mis actas
del Consejo
de Estado
». |
Napoleón
I; Memorial
de Santa
Helena.
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Tras
la instalación
de la comisión
consular el 20
de brumario de 1799, la
primera preocupación
del joven Primer Cónsul
fue la elaboración
de la nueva Constitución.
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Código
Civil
de los
franceses
Ejemplar
que
perteneció
al Emperador
Napoleón |
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Dicha
comisión organizó
prontamente el gobierno
y se concentró
urgentemente en remediar
la penuria del tesoro,
entre otras cosas volviendo,
en materia de contribuciones,
a algunas prácticas
del Antiguo Régimen,
adoptando un conjunto
de medidas financieras
pertinentes que pronto
equilibraron los cofres
del Estado.
Asimismo, en su voluntad
de crear bases sólidas
de apaciguamiento
social y de reconciliación
nacional, el Primer
Cónsul había
sentado las bases de proyecto
legal por medio de diversas
medidas propias para atraer
a las clases despojadas
y a los residuos de los
grupos realistas, proscritos
por la revolución.
Así, por ejemplo,
llevó a cabo iniciativas
como la abolición
del infame « empréstito
forzado » revolucionario
y la de la ley de
los rehenes, que
colocaba bajo vigilancia
policiaca a los nobles
y a los parientes de los
emigrados. Del mismo modo,
las leyes que excluían
de las funciones públicas
a los parientes de emigrados
y a los nobles fueron
abrogadas; los
desterrados del 18 de
fructidor llamados de
vuelta. Finalmente,
las listas de los emigrados
fueron canceladas y las
fiestas republicanas suprimidas,
exceptuando las del 10
de agosto (fiesta de la
unidad y la indivisibilidad
de la república)
y del 14 de julio (hoy
fiesta nacional de Francia).
Paralelamente,
subrayemos que el Primer
Cónsul llevó
a cabo los más
admirables esfuerzos para
alcanzar estos grandes
resultados al tanto que
hacía llegar propuestas
pacíficas a Inglaterra,
Austria y Rusia, mismas,
como sabemos, que fueron
rechazadas todas con desdeño,
lo que fatalmente conduciría
a nuevos enfrentamientos
armados. |
Sin embargo, antes de entrar
en cualquier campaña,
era capital acabar con el problema
de la Vendea transformando de
una vez la estancada condición
del Oeste en una paz definitiva,
por lo que el primer Cónsul
redobló esfuerzos dirigiendo
toda su atención en esa
dirección. Una suspensión
de armas había sido firmada
con los insurgentes realistas
del Oeste, y negociaciones emprendidas
para lograr una pacificación
completa en dichas zonas, diezmadas
por el genocidio de católicos
y la descristianización
revolucionaria en Vendea
y Bretaña. Por medio
de concesiones hábiles
y una característica
mezcla napoleónica de
enérgica firmeza y de
flexible espíritu conciliador,
apoyadas en trámites
realizados con los jefes realistas,
el Primer Cónsul aquietó
sucesivamente ambas orillas
del Loira, Bretaña y
Normandía, pacificando
por completo los departamentos
del Oeste para fines de febrero
de 1800.
En el mismo sentido, el Primer
Cónsul puso gran énfasis
en consolidar el cuerpo
social y espiritual de Francia,
haciendo, para gran alivio y
satisfacción del desgarrado
pueblo francés, importantes
concesiones al clero e instaurando
una política generosa
y justa para los sacerdotes
refractarios, hasta entonces
víctimas de terribles
persecuciones y de atroces carnicerías.
El Primer Cónsul devolvería
a la Iglesia católica
un gran número de edificios
y monumentos religiosos de los
que había sido despojada
brutalmente por los revolucionarios,
concedió a los religiosos
pensiones y compensaciones,
y al juramento a la constitución
civil del clero substituyó
una simple promesa de obediencia
a la Constitución del
Estado.
| RESTABLECIMIENTO
DE LA RELIGIÓN
CATÓLICA |
Iniciado con antelación
y mucho antes de
su cristalización
por medio de entrevistas
privadas, en especial
la de Génova
entre el Primer
Cónsul y
el Cardenal Jean
Siffrein Maury,
el Concordato
con la
Santa Sede será
firmado el 15 de
julio de 1801. Jean-Étienne-Marie
Portalis, jurista
de gran valor, fue
su principal negociador.
Este evento capital
hará de Napoleón
el « restaurador
de los altares ».
El Concordato marca
una ruptura decisiva
entre la revolución
y el Primer Cónsul,
y no la imposible
conciliación
entre la Iglesia
y la revolución,
que seguirá
siendo su implacable
enemiga. Al dar
por medio del Concordato
la preeminencia
al Vaticano por
sobre el espíritu
revolucionario,
volviendo a abrir
ampliamente la fuente
de créditos
a los obispos, a
los cardenales y
a la alta jerarquía
eclesiástica,
Napoleón
toma sobre sus hombros
la enorme responsabilidad
de abolir diez años
de lucha por lo
que los revolucionarios
llamaban la «
libertad
de la mente ».
Sin embargo, el
futuro Emperador
obedecerá,
al proceder de esta
manera, a muchos
principios esenciales
como, por una parte,
los intereses supremos
de Francia, el buen
sentido común,
el respeto de los
anhelos profundos
del pueblo francés,
privado violentamente
de su religión
y desgarrado por
años de persecuciones
y masacres fraticidas.
Por otro lado, el
joven héroe
cede a la influencia
muy neta de su infancia,
marcada toda por
las prácticas
de un efusivo («supersticioso»,
en palabras de Pierre
Larousse) catolicismo
italianizado, más
tarde templado y
canalizado por maestros
como el buen Padre
Patrault, en
la Escuela de los
Padres Mínimos
de Briena. Sea como
sea, a partir de
entonces el Primer
Cónsul será
respaldado por el
alto clero en su
empresa de restauración
monárquica,
a la que una parte
importante de su
entorno comienza
a empujarle abiertamente,
en especial los
Segundo y Tercer
Cónsules,
Cambacérès
y Lebrun respectivamente,
o el Consejero de
Estado Barbé-Marbois. |
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| Entrevista
entre
Napoleón
y el Cardenal
Maury
Grabado
de Deschamps. |
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Desafortunadamente,
todos estos beneficios, aun
cuando acogidos con beneplácito
y alivio por el conjunto de
la población, causaban
el descontento de ciertas facciones
y personalidades nostálgicas
de viejas tendencias revolucionarias,
muchos de ellos pertenecientes
a clubes jacobinos y a diversas
logias de la francmasonería.
Entre las personalidades evocadas,
no obstante haber adherido sinceramente
al nuevo régimen, había
quienes, especialmente en el
tribunado, concebían
veleidades de oposición
que, amenazando gravemente los
difíciles logros conseguidos,
contrariaron fuertemente al
Primer Cónsul, aumentando
su natural aversión por
el carácter enmarañado
y confuso de las asambleas deliberantes.
Fue así como, guiado
por este sentimiento, hizo suprimir
por medio de una ley las municipalidades
cantonales, confiando la administración
de los departamentos a prefectos,
subprefectos y
alcaldes, por
él creados y nombrados
en enero de 1800.
Era este un nuevo y notable
progreso, de los más
importantes en el marco y sentido
de la centralización
gubernamental estructura
estatal y especificidad gubernativa
de las más características
de Francia –
que permanece prácticamente
intacta hasta el día
de hoy.
| CREACIÓN
DE LOS PREFECTOS |
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Buscando
poner un término
a los movimientos
centrífugos
del periodo revolucionario
y con el objetivo
de afirmar la preeminencia
del Estado, la Constitución
del año VIII,
y aún más
la ley del 28 de
pluvioso del año
VIII (17 de febrero
de 1800) referente
a la organización
administrativa,
harían del
Consulado, y posteriormente
del Imperio, el
periodo más
centralizado de
la historia de las
instituciones políticas
de Francia.
Entre otros, el
artículo
3 de la ley consular
dio nacimiento a
la función
prefectoral:
« el prefecto
es el único
encargado de la
administración
». En el transcurso
de la discusión
de este artículo
frente al cuerpo
legislativo, el
relator, Daunou,
precisa a propósito
de los prefectos:
« son los
representantes del
gobierno, y no los
representantes de
los gobernados ».
El prefecto es asistido
por un consejo de
prefectura, por
el consejo del departamento
y, en cada distrito
(arrondissement),
por un sub-prefecto,
su delegado. El
Primer Cónsul
nombra a los prefectos,
subprefectos y miembros
de los consejos,
así como
a los alcaldes de
las comunas que
cuentan con más
de 5 000 habitantes.
Una de las principales
misiones de los
prefectos consiste
en ejercer la tutela
del Estado sobre
las comunas; nombran
a los alcaldes de
las comunas de menos
5 000 habitantes
así como
a los consejeros
municipales de todas
las comunas, pequeñas
y grandes. Los alcaldes,
igualmente agentes
del Estado, no tienen
de hecho ninguna
autonomía;
su menor decisión
debe recibir el
aval de las oficinas
prefectorales.
A fines de febrero
de 1800 Luciano
Bonaparte, hermano
de Napoleón
y ministro del Interior,
y Beugnot, secretario
general del ministerio,
operan la selección
de los prefectos
entre las candidaturas
espontáneas
o suscitadas; el
Primer Cónsul
avaliza. Los primeros
prefectos son nombrados
el 2 de marzo. Ninguno
de ellos está
vinculado por nacimiento
o residencia con
su departamento
de atribución;
pueden ser desplazados
en todo momento,
de forma que no
se cree ninguna
connivencia local.
El día 15,
el Primer Cónsul
los recibe: «
Haced
que Francia date
su dicha del establecimiento
de los prefectos
». |
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| Prefecto
del
Consulado
&
Imperio |
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Finalmente,
se tomó la obligada precaución
de clausurar una gran parte
de las nefastas sociedades de
contubernio político,
en realidad auténticos
antros infestados de intrigantes
y confabulados, a lo cual siguió
el desarraigo de los principales
líderes del partido republicano,
entre ellos el traidor general
Jourdan. Todas estas iniciativas
descartaron uno a uno los escollos
abriendo el camino, ahora relativamente
libre de conspiradores y matarifes,
a la unión de
todos los talentos,
un principio napoleónico,
que podrán entonces unir
sus fuerzas para iniciar la
ardua labor de reconstrucción
de Francia. Éste
proceso será ilustradamente
orquestado por el Primer Cónsul
desde su gabinete del palacio
de las Tullerías, en
el que se ha instalado el 30
de pluvioso (19 de febrero de
1800) no sin antes mandar firmemente
eliminar los grafitis de gorros
rojos y otros emblemas revolucionarios
que mancillaban los muros y
plafones el palacio; «
Hacedme
desaparecer todo esto; no quiero
semejantes suciedades
», ordenará abrutamente
al arquitecto del Palacio, Monsieur
Lecomte. (1)
1)
« Faites-moi
disparaître tout cela
; je ne veux pas de pareilles
saloperies »

La
Revolución francesa,
dice Alfonso Thiers, había
sido prodigiosamente fecunda
en hombres, en todos los géneros,
y, si se quería sobre
todo ya no tener en cuenta las
exclusiones pronunciadas por
los partidos unos en relación
con los demás, se tenían
los medios de componer el personal
de gobierno más variado
el más capaz, añadamos
el más glorioso.
Como lo observa Pierre Larousse,
« Sin duda, había
entre aquellos hombres ambiciosos
sin escrúpulos, luchadores
infatigables, algunos realistas
declarados, y muchos otros cuyo
carácter estaba enervado;
pero, como quiera que fuese,
eran todas éstas capacidades
de primer orden, de las que
el amo de Francia obtendría
inapreciables servicios »,
absorbiendo su gloria, a semejanza
del gran rey Luis XIV, la de
todos los hombres superiores
de su tiempo.
Efectivamente, más allá
incluso que en el marco militar
tan frecuentemente evocado –
prodigiosa resistencia de 15
años contra 6
coaliciones internacionales
– en el ámbito
social y civil,
los campos jurídico
y legislativo,
cimiento de los derechos civiles
de nuestro mundo moderno, sean
los que más nos asombran
hoy en día por su fuerza
y vigencia, a doscientos años
de distancia.
El
gran maestro de obras de esta
gigantesca construcción
es el Consejo de Estado,
creado por el artículo
52 de la nueva Constitución.
Está compuesto de juristas
escogidos con cuidado, no por
sus ideas políticas,
sino por sus competencias jurídicas
y administrativas.
Su función es preparar
las leyes y códigos previamente
a su presentación ante
las asambleas parlamentarias.
|
La
obra cardinal del Consejo
de Estado es el Código
Civil. Desde que se
forma el Consejo, el Primer
Cónsul instituye
una Comisión especial
a la que atenderá
con todo su cuidado. Confía
su presidencia a CAMBACÉRÈS,
jurista sin par, asistido
por otras personalidades
eminentes del Derecho,
los Roederer,
Portalis,
Bigot,
de Préameneu
y otros…
Bonaparte participa asiduamente
en los debates y asombra
a más de uno por
sus conocimientos y sobre
todo por su buen sentido
común. El antiguo
ministro de Luis XVI,
de Molleville, a quien
recurrió sin complejo,
no puede evitar exclamar
un día: «
¿Pero en dónde
diablos aprendió
todo eso? ».
Se ha reportado que el
Primer Cónsul presidió
57 de las 102 sesiones
consagradas al Código
Civil. Aunque caracterizados
por una cierta solemnidad,
los debates se llevan
a cabo en toda libertad
de expresión. Realistas
y jacobinos no se privan
de ella de ninguna manera.
Bonaparte escucha con
paciencia. Llega a suceder
más de una vez
que renuncie a su punto
de vista frente a una
argumentación contraria
convincente. El conde
de Plancy nos ha dejado
un testimonio de este
espíritu de tolerancia
que preside los trabajos
del Consejo de Estado:
« En virtud de que
el Primer Cónsul
presidía siempre
el Consejo de Estado,
ciertas personas han querido
inferir que esta asamblea
era servil y le obedecía
en todo. Puedo al contrario
afirmar que los hombres
más ilustrados
de Francia, en todas las
especialidades que la
componían, deliberaban
en toda libertad y que
nada estorbaba nunca sus
discusiones. Bonaparte
tenía mucho más
interés en aprovechar
sus luces de lo que ponía
atención a sus
opiniones políticas
». Todo esto es
perfectamente cierto.
Después
de cuatro años
de trabajo tesonero, contrariado
y retrasado por la oposición
rara vez constructiva
de una parte de las cámaras,
el Código Civil
es por fin promulgado
el 21 de marzo de 1804.
Agrupa 36 leyes y se compone
de 2281 artículos.
Las disposiciones que
contiene rigen aún
hoy, en lo esencial, la
vida de los franceses
de nuestros días.
En 1807, tomará
el nombre de Código
Napoleón. |
 |
Jean-Jacques
Régis
de Cambacérès
(1753-1824)
Óleo
de Jean-Baptiste
Greuze
(1725-1805). |
|
|
|
Desde
entonces, el país ha
adoptado múltiples constituciones
pero el Código civil
ha permanecido. Representa pues
por su longevidad la verdadera
Constitución en «
granito
» del pueblo francés.
Este
monumento del Derecho representa
una magistral síntesis
jurídica, primeramente
entre el Antiguo Régimen
y la Revolución, enseguida
entre los diferentes derechos
consuetudinarios de las regiones
del país, fundidos en
un mismo crisol unificador.
Con esto también, Napoleón
continúa la Historia
de Francia…
En el centro del Código
Civil, se hallan la familia
y la propiedad.
Después de haber denunciado
el « jacobinismo
» administrativo de Napoleón,
algunos turbios ideólogos
al acecho, equivocándose
otra vez de época, han
visto en el Código Civil,
una suerte de carta de la burguesía.
Evidentemente, no entraremos
en esta polémica inepta,
dejando tan sólo a la
perennidad del Código
Civil el cuidado de responder.
| PREFECTURAS
Y CUERPOS DE COMISARIOS |
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Durante
el Consulado, una
organización
administrativa centralizada
y jerarquizada se
instala con la institución
de los prefectos.
La ley del 17 de
febrero de 1800
crea la Prefectura
de policía
de París
que dirige las comisarías
de las doce municipalidades
de distritos (arrondissements),
lo cual favorece
la puesta bajo tutela
de la bulliciosa
municipalidad parisina.
En provincia, el
dispositivo de policía
sigue siendo ampliamente
municipal, pero
a partir de entonces
se apoyará,
en ciertas comunas,
en comisarios y
comisarios generales,
nombrados por el
gobierno y colocados
bajo la autoridad
de los prefectos
o de los subprefectos.
Cada comuna de más
de 5000 habitantes
es así dotada
de un comisario
de policía.
Uno o varios comisarios
son asignados por
serie suplementaria
de 10 000 habitantes
y, a partir de 100
000 habitantes,
la comuna es dotada
con un comisario
general que no depende
del prefecto, sino
directamente del
ministro de la policía
general.
El conjunto de dichos
comisarios asegura,
con la ayuda del
personal municipal
puesto a su disposición
por los alcaldes,
la seguridad pública
de la vida cotidiana.
Esta misión
tomará al
hilo de las décadas
cada vez más
importancia.
Durante el Imperio,
sometida Francia
a un estado de permanente
agresiones bélicas
en sus fronteras
y bajo la amenaza
de los asaltos reiterados
de agentes extranjeros
e incluso de asesinos
a sueldo de Inglaterra
en el interior,
José Fouché,
ministro de la Policía
general, refuerza
considerablemente
el aparato y la
división
en zonas administrativos
de policía
con un fin de control
político
de la población.
Así, el ministro
de la policía
general pasa de
cuatro a seis divisiones,
en particular con
la creación
de una « alta
policía »,
denominada «seguridad
general y policía
secreta»,
encargada de la
policía de
los informes. Los
comisarios generales
tienen autoridad
sobre la policía
administrativa en
los ámbitos
de la red viaria,
del alumbrado, de
la higiene, de la
supervisión
de los espectáculos,
de la prensa, que
escapan a la autoridad
del prefecto. |
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 |
| Comisario
de
policía
durante
el
Consulado
y el Imperio |
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 |
Acto
de promulgación
del Código
Civil
28 ventoso
del año
12 (19. III.
1804).
|
|
|
A
lo largo de todo el Imperio,
otros códigos seguirán
al Código
civil, limitados
a su objeto: Código
de Procedimiento Civil
en 1806, del Comercio
en 1807, de Instrucción
Criminal en 1808,
Penal
en 1810 y Rural
en 1814.
A pesar de las guerras
continuas que le fueron
impuestas, Napoleón
nunca cesó de proseguir
su obra refundadora.
Estos
códigos particulares
son el testimonio de una
reforma de arriba a abajo
de la organización
judicial. De la instalación
de los Jueces
de Paz hasta
la Corte de Casación,
pasando por los estatutos
del Notariado
y la creación de
los magistrados
de conciliación
laboral, toda
una cadena judicial nueva,
civil y penal, ve la luz
del día.
Aquí también,
el objetivo perseguido
consiste en acercar la
Justicia del justiciable
y adaptarla a la evolución
de la sociedad y a su
estado del momento. Estudiemos
estas palabras del Emperador
Napoleón al Consejo
de Estado (marzo de 1806)
que nos refiere el consejero
de Estado Pelet de Lozère:
« La
ley debe limitarse a plantear
un principio general.
Sería en vano que
querríamos prever
en ella todos los casos,
la experiencia probaría
que habríamos omitido
muchos; no se osaría,
por respeto por ella,
suplir su silencio, y
la justicia sufriría
de ello; hay que dejar
al gobierno el cuidado
de decidir acerca de los
detalles por medio de
reglamentos de ejecución;
podrá sin onconveniente
tantear y regularse por
la experiencia; nada impedirá
que al cabo de dos o tres
años se conviertan
definitivamente en leyes
aquellos reglamentos cuya
sabiduría la experiencia
habrá demostrado
».
La coincidencia de las
jurisdicciones administrativas
y judiciales es mantenida.
Pero, porque importa que
la Justicia se haga independiente,
el poder judicial es confiado
a magistrados nombrados
a vida, y no sometidos
a la elección,
salvo en el caso de los
jueces de paz hasta 1802. |
|
Para
hacer frente a las necesidades
nuevas, tribunales especiales
deben ser instituidos,
destinados esencialmente
a restablecer la seguridad
en los caminos y en los
campos.
En
la cima del Estado, el
Consejo de Estado, una
especie de Jano jurídico,
constituye la corte administrativa
suprema, encargada a la
vez de preparar las leyes,
de velar por su aplicación,
y de arbitrar en última
instancia los conflictos
administrativos. |

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